Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 5:56 de la CSJN Argentina - Año: 1867

Anterior ... | Siguiente ...



CAUSA Y.
D, Jacinto Larliga, contra D. Antonio de Oro, por cobro de letras.

Sumario.—19 Las leyes de forma están subordinadas á las de fondo.

2" La excepcion de inhabilidad de título, admitido en jeneral por la ley de procedimiento del juício ejecutivo, no se puede admitir cuando este proceda de letras de cambio.

3 Las costas y dilaciones de la prueba admitida por el juez sobre dicha escepcion, deben ser indemnizadas por él.

Caso.—D. Jacinto Lartiga, entabló accion ejecutiva contra don Antonio de Oro, Vice-Cónsul Oriental en San Juan, por el pago de dos letras jiradas por don Francisco Ignacio Rickard y.

aceptadas por Oro.

Hecha la citacion de remate, Oro opuso las excepciones de inhabilidad de título yde falsedad, fundando la primera en que él habia aceptado las letras como cajero y apoderado de Rickard, y la segunda en que este habia hecho cesion de bienes, habiendo sido citados al juicio de concurso los dueños de las letras.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

86

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1867, CSJN Fallos: 5:56 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-56

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 5 en el número: 56 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos