4 La Corte Suproma no puede conacer de demandas contra los Gobiernos de Provincia, por actos ó leyes anteriores á la aceptacion de la Constitucion General.
5 En este caso se halla la ley de lierras públicas, dictada en Buenos Aires en 12 de Octubre de 1858, Go En el art, 14 de la loy sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales, no eslá comprendido el caso de una ley provincial, dictada y ejecutada antes de la incorporacion de la Provincia 4 la Nacion.. ......... esvereers cera ecrareos B96
CAUSA LIN.
Don Luis Soubiron y Don Luis Braun, con Don José G. Lezama por cobro de pesos, Sumario.-—4o El vendedor no puede exijir el pago del precio de la venta, si no justifica haber cumplido por su parte el contrato.
2 Sin este justificativo natural 4 los contratos bilaterales, al vendedor no puede corresponderle la accion ejecutiva por el cobro del precio.
3" Su accion debe sustanciarse por los trámites del juicio OLdiNArO. . .....cererecocoee carrecarrroreaeneeocer ree. DO
CAUSA LIV.
Don Tomis Varela, contra el P. E. de la Provincia de Buenos Aires, sobre tierras públicas.
Sumario.—Cuando no se ha puesto on cuestion la validez de un decreto Provincial, baja la pretencion de ser repugnante 4 la Constitucion y leyes Nacionales, no corresponde lu apelacion que concette el art. 14, inc. 2 de la ley de 14 de Setiembre de 41863 sobre competencia de los Tribunales Nacionales......... 935
CAUSA LV.
Ferreiro, Lavalle y Ca, con el vapor Zenobia, por daños y peruicios.
Sumario.—1o En ausencia de los dueños del buque, el capitan los representa legítimamente en juicio, 20 Con la contestacion á la demanda deben oponerse todas las excepciones y las reconvenciones.
> Reconoce la personería del capitan del bugue, el apoderado de sus dueños que se presenta en juicio ampliando su contestacion:
4 la demanda.
40 El decreto mandando se-'entiendan con dicho apoderado Jas diligencias: judiciales, no autoriza 4 este para alterar su sustanciacion. .....m...eoorercononecanerercoceccaro reno.
CAUSA LVI.
1 Dr. D. Juan Cárlos Gomez, por el concurso Cash y Ca, contra Ferreyra, Lavalle 10 sobre Botes del vapor Zenobia.
Sumario.—No puede demandarse ejeculivamente el pago de T v 36.
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:521
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