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Fallos: 5:302 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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ante Juez y Escribano; era válida, mticho mas cuando la verdad de aquellas resiltaba del hecho de haberse encontrado en poder de Pimentel una mantá de vicuña robada en ese saqueo.

Que respecto al homicidio de Gomez, la relacion hecha por Pimentel era que hallándose este con dos hombres en un alto cerca del Rodeo; llegó Gomez y habiéndole ordenado se bajara para registrarlo, Gomez disparó, habiéndolo corrido él con el ayudante Gonzalez, y que entrando Gomez al pueblo salió á su encuentro la gente que allí habia, y el Capitan Britos y el trompa le dieron un balazo cada uno; matándolo.

Que sin embargo Don Santiago Montaño declaró - que quien mátó á Gomez fué el mismo que lo persiguió habiendo oido decir que se llamaba Pimentel) Don Justo Marinero, vió que fué Pimentel el matador y declaró que este se alababa de haberlo sido; y Don Luciano Flores prestó igual declaracion ; cuyos testigos eran presenciales y ratificados en el plenario.

Que además todos los testigos del sumario que no pudieron ser habidos para la ratificacion; afirmaban lo mismo, los unos porque lo presenciaron, otros porque vieron á Pimentel sacando las botas al asesinado, cuando aun no habia espirado, y otros porque era público y notorio.

Que ante esta prueba tan completa, la conciencia del Juez no podia vacilar respecto de la justicia de la sentencia apelada.

Yallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Junio 13 de 1868.

Vistos: De conformidad con lo espuesto y pedido por el Sr.

Procurador General, y por sus fundamentos, se confirma la sentencia apelada de foja noventa y seis, y á los fines consiguientes, remitase el proceso orijinal al Poder Ejecutivo con el correspondiente oficio.

TRANCISCO DE LAS CARIERAS.—SALVADOR M. DEL CARRIL. —FRANCISGO DeLGADO.-—José Barros Pazos.

—dJ. B. GORostIAGA.

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:302 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-302

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