Convine con Solanet dice, la conduccion de unos fardos de pasto á bordo del « Paisandú » á razon de 15 pesos, por fardo debiendo ser inmediatamente recibidos, y en caso de demora, pagarse por estadías con arreglo á la tarifa vigente.
Solanet cargó en el pailebot «Etelvina» 60 fardos con órden para recibirlos por la casa de Leopoldo Arteaga. — Como el «Paisandú» no púdiera recibirlos, Arteaga ordené se llevaran al bergantin «Providence», á cuyo costado permaneció hasta el 20 de Julio, en que fueron descargados, El día 8 del mismo, se cargó el «Soña», con 57 fardos que el «Providence» recibió recien el 47. El «Laura» y el «Cármen» cargados el 12 con 72 fardos, fueron descargados, el primero el dia 20 y el segundo el 23, Solanet contestó: — Es incierto el convenio invocado por el demandante, pues nada he convenido con él.
Fué con Juan Ruda con quien arreglé la conduccion de los fardosde pasto que tenia en mi barraca, de propiedad de Arteaga, quien daba directamente sus órdenes á Ruda. Este se obligó á buscar las lanchas y carros, pagándole por mi parte 30 pesos por acarreo y lanchage de cada fardo sacado de mi casa, y 33 pesos por los sacados de la barraca de Levigton: todo por cuenta de la casa de Arteaga.
Una prueba que nada contraté con el demandante es que la papeleta de los carros dice: « permiso y órden de los Señores Arteaga», y las órdenes para los buques que Ruda mandaba buscar á la casa del mismo Arteaga, decian: «El capitan del buque tal, recibirá del portador los fardos de pasto que conduce por cuenta de los Señores Arteaga».
Bien pues, si el demandante ha celebrado algun convenio con Ruda, demande 4 este, porque contra él debe dírigir su accion.
Es sin embargo positivo que el 12 de Julio se me presentó en casa Nuñez pidiéndome le cediera la conduccion de algunos fardos: le contesté que le daria con gusto, pero que habia muchos 4 flete y que pudiera ño convenirle por las demoras que sufriera.
Nuñez me dijo que no importaba nada, porque tenia sus lanchas
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:224
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