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Fallos: 49:446 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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que estuviese ejecutoriada la sentencia no haciendo lugar al interdicto, y estando apelada había mandado poner en posesion al señor Martínez; resultando el hecho raro de que la sentencia le declaraba desposeído y por eso no hacía lugar al interdicto de manutencion, y úá continuacion mandaba quitarle la posesion, que ú consecuencia del oficio librado por el Juez, el arrendatario había sido molestado nuevamente, intimándosele el desalojo dentro de 48 horas, bajo apercibimiento de lanzarle con la fuerza; que se había presentado al Juez pidiendo hiciera suspender el procedimiento, y no pudo hacerlo por haberse desprendido de la jurisdiccion.

Que se encontraba así bajo la amenaza inminente de lanzamiento, y para impedirlo pedía á la Suprema Corte, bajo su responsabilidad, caso de no ser ciertos los hechos, que se librase órden telegráfica al Juez de Paz de Navarro para que se abstuviese de inquietar en la posesion al arrendatario Don Luis Esnar.

La Suprema Corte decretó :

Buenos Aires, Setiembre 20 de |s92, tn los antos, triigase.

Pas.

En 3 de Octubre, Magan presentó otro escrito, manifestando que el Juez de Seccion á pesar de haber concedido la apelacion retenía todavía el espediente, y él se encontraba desamparado sin poderse defender contra quien quería desposeerle, y pidió que atenta la urgencia

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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:446 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-49/pagina-446

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