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Fallos: 49:326 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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326 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Las apreciaciones hechas en un escrito con evidente propósito de ofensa á la persona de un árbitro, pueden ser castigadas con penas disciplinarias por el Juez á quien se presentó el escrito.

Caso.—En la causa que Don José Lebron promovió contra el Ferrocarril del Sud por cobro de pesos procedentes de un terreno de la propiedad del primero. ocupado por el segundo, acreditada que fué la competencia del Juzgado Federal por la distinta nacionalidad de las partes, se convino por éstas en someter á Don Adolfo Bullrich, como árbitro único, la decision del asunto, para que determinara en una sola suma el valor que la Empresa debía pagar por la fraccion de terreno del Señor Lebron que la Empresa tenía ocupado.

El Señor Bullrich despues de llamadas las partes y oidolas en juicio verbal, dictó el siguiente

LAUDO
Buenos Aires, Noviembre 16 de 1891, Y vistos: para laudar estos autos seguidos por Don José Lebron contra la Empresa del Ferrocarril del Sud sobre reivindicacion, y considerando:

1° Que de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda del compromiso de foja 20, el infrascripto citó á las partes á un juicio verbal. las que fueron oídas en audiencia de fecha 30 pasado, de que da cuenta el acta que corre á foja 32.

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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:326 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-49/pagina-326

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