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Fallos: 49:321 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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DE JUSTICIA NACIONAL mn" nal » fecha 14 de Setiembre de 1883, en cuya segunda página se registra el aviso que publica el Banco, avisando que desde el primero de Octubre próximo, el Banco de la Provincia y sucursales, harán el cange de sus billetes en circulacion por billetes 4 moneda nacional; un ejemplar de «La Nacion » conteniendo una nota del Ministerio de Hacienda foja 69, los testimonios pedidos y remitidos por el Ministerio de Hacienda foja. .., un ejemplar de la « Crónica » foja 68, que registra el aviso del Banco, du Enero 20 de 1885 y un billete de un peso fuerte del mismo Banco.

3" Que dados estos antecedentes y en atencion 4 que el primero de los puntos aseverados por la demanda, la existencia en plaza de billetes del Banco de la Provincia en monedas fuertes, múltiplos y sub múltiplos de la unidad, resulta comprobado por la presentacion de los billetes de ocho centésimos fuerte, por la confesion del demandado y por balances remitidos por el Ministerio de Hacienda, y que en cuanto al segundo, publicacion de avisos, llamando 4 la conversion, es un hecho aceptado por ambas partes, que el primer aviso de este género, es el que registra el ejemplar de « El Nacional» de 14 de Setiembre de 1883, fijando el 1 de Octabre próximo para dar principio á la conversion, la cuestion sub judice, que — dareducida á determinar si ess publicacion verificada antes del vencimiento de los dos años, fijados por la ley, satisfacen los propósitos de la misma.

4" Que basta leer con alguna detencion la ley de Uni- ' " dad Monetaria de 1881 para convencerse de que, al.hacer efectivo su propósito, de establecerla en. toda la Repúica, ha tomado en cuenta la estension de la circula7. == a

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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:321 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-49/pagina-321

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