Caso. — Loindica la siguiente
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Señor Juez:
La nota de foja ? tirmala por el doctor Cárcano, en la que se pide el libre despacho de los bultos que se mencionan, expresindose contener materiales ¡ara la Direccion General de Correos y Telégrafos, fué despachada por «1 Ministro de Hacienda disponiendo por el decreto de foja 3,el despacho sin derechos.
Impartidas las órdenes del caso y despues de la teimitacion de estilo. se procedió á hacer la entrega de los bultos en las condiciones del mencionado decreto.
En momentos en que se cumplía lo ordenado, la Aduaha se apercibió que se trataba de un contrabando y dispuso la detención de los bultos, que mun mo Tribían sido cargados, que eran 33, pues el resto, 3, ya habían sido entregados.
Practicadas las averiguaciones necesarias y levantado el correspondiente sumario se ha arribado 4 las conelasienes siguientes:
1 Que la nota de foja 2. no es de la Direccion de Correos y que la firma del doctor Cárcano ha sido falsificuda, Y Que la órden dada dla Alcaidía para la entrega de los bultos ha desaparecido.
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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:153
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