fojas 6 y 45, declaracion de foja 36, informe caligrifico de foja 4, ratificado ú foja 111, el informe espedido por el Secretario de la Direccion General de Correos, doctor Veyga. foja 175 vuelta.
2 Que ú fin de conocer el autor de la falsificación fué Hamado 4 declarar Don José A, Villar, quien espoñe que la nota la recibió de los señores Juan E. Roland y Federico Dugrós, con encargo de tramitaria en el Ministerio de Hacienda, lo que efectuó y despues de obtener el decreto correspondiente, se la llevó 4 Roland y Dugrós, quienes le pidieron la llevara á la Aduana y solicitara del Administrador la órden para La Alenidía, lo que obtuvo concluyendo su cometido y entregando la nota despachada 4 los señores'Roland y Dugrós.
3 Que Roland y Dugrós en sus declaraciones de fojas 48 y 78, y careo de foja 50, declaran tener robocimiento del hecho por las publicaciones de los diarios únicamente, y niegan haber comisionado ú Villar para la tramitacion de l: nota, la que dicen que jamis han tenido en su poder, A" Que de las demás declaraciones y diligencias del sumario, no se deduce, ni aun se presume quién sex el autor de la falsificación.
5 Que con respecto al contrabando la defensa de los señores Díaz, Romero y Toresano, se dirige d establecer lo siguiente:
1" Que los tres enjones recibidos por la casa fueron llevados por un carrero de los que trabajan en la Aduna na, sin saber quien los remitía, y que el recibo fué otorgado por uno ie los dependientes, quien iguoraba si estaban despachados 6 no, Y Que al día siguiente de sucedido el hecho, se ha
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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:158
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