218 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 3 de 1891.
Vistos: estos autos seguidos por Doti- Agustin Mendez contra Don Pedro N. Demaria, sobre desalojo de la casa situada en la calle 25 de-Mayo número 331, de los enales resnita lo signiente:
El Juzgado recibió «1 prueba esta causa «di foja 305 en cumplimiento de lo resuelto ú foja 269 por la Suprema Corte y declaró que debía versar la de testigos, sobre la existencia del contrato de arrendamiento de la espresada finca, invocado por Demaria, y además sobrela importancia de las mejoras que se dicen efectuadas en la misma.
En cumplimiento de esta resolucion, ambas partes han presentado la prueba de que hace mencion el certificado ae foja 410 vuelta, en cuyo estado la cansa ha quedado en condiciones de ser fallada despues de presentados los respectivos alegatos por una y otra parte.
Y Considerando:
1°. Que el demandado se ha limitado, para comprobar la existencia del contrato de arrendimiento invocado por úl, 4 presentar Jas declaraciones de los testigos Eduardo Reyes, Marino P. Funes y Pedro F. Reyes, las enales además de no'ser esplicitas respecto á todas las claúsulas indispensables en un contrato de arrendimiento, son además completamente ineficaces para comprobar la
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:218
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