28 FALLOS DE EA SUPREMA CORTE sino que tampoco puede en general hacerse sometiendo á un juez que ejerco jurisdiccion de diferente órden. una causa ó negocio que aunque no es ajena por su naturaleza á la jurisdiccion del mismo, lo es solo por razon del fuero personal ó especial de los litigantes ó del demandado, En efecto: muchas veces se concede el fuero ú una persona, no como un privilegio personal, sino en consideracion de los negocios á que se dedica y del interés público, de manera que no puede renunciarse sin grave daño de la cosa pública.
Aún más: al sostenerse que el fuero federal concedido al Banco Nacional es un privilegio personal. se desconoce completamente los mismos principios de nuestra organizacion judicial; por enanto los Tribunales nacionales no han sido instituidos con el fin de privilegiar á cierta elase de personas, sino por razones más elevadas.
La interpretacion de la ley corresponde necesaria mente al poder que la ha dictado y á los representantes judiciales directos de este mismo poder, á sea, 4 los Tribunales Federales, porque como lo ha declarado la Corte Suprema Nacional en el recordado fallo, el poder judicial se extiende á todo aquello á que se extiende el poder legislativo y el poder ejeentivo; y como se expresaba Marshall al exponer la opinion de la Suprema Corte de los Estados Unidos en un caso en que se ventilaba esta misma cuestion. El Banco «no solo es él mismo una mera criatura de ona ley, sino que todas sus acciones y todos sus derechos emanan de la misma ley » ( 9, 1Wheaton Reports, 823 ).
En vista de estas consideraciones, teniendo la Nacion su poder legislativo, debía asimismo tener su poder
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:238
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