F 406 NALLOS DE LA SUPREMA CORTE
CAUSA CCCLXXVI
Don Agustin Albornoz, contra don Pedro P. Leal, por rescision de un contrato; sobre desercion de recurso.
Sumario.—No mejorándose el recurso en tiempo, debe declararse desierto á la primera rebeldía que acuse el Y apelado.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 21 de 1891.
Por lo que resulta del precedante certificado, atenta la rebeldía acusada y de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos catorce de la Ley de Procedimientos, declárase desierto el recurso de apelacion | interpuesto. Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA.—-C. S. DE u LA TORRE. — ABEL Bazan, — U Luis SAENZ PEÑa.
E
Compartir
43Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1891, CSJN Fallos: 46:406
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-46/pagina-406¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 46 en el número: 406 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
