Fallo del Juez Federal Rosario, Noviembre 28 de 1889 Y vistos: Estos autos iniciados por el Doctor Don Olegario Machado contra li empresa del ferrocarril Oeste Santafecino, sobre reivindicacion de terrenos sitos en esta ciudad, sobre la barranca del río Paraná, lindando por el Sud con la calle 3 de Febrero y por el frente con los herederos de Cufré, y los enales ha ocupado la Empresa demandada abusando del permiso que le fuera concedido para expropiar el terreno necesario con destino ú la estacion central, por cuanto esa autorizacion se circunseribía al área comprendida entre la calle 3 de Febrero y la de Montevideo, llevindose entre tanto la ocupacion hasta más al Norte de la referida calle, ¿ invadiendo de ese modo los citados terrenos, cuya tibicacion ni extension precisa designa y pretende son de su propiedad ú título de la venta que á su favor hicieron Doña Juana Cisneros de Machado y Doña Fernanda Machado de Maldonado, de los derechos y acciones que ú los mismos correspondía ú los sobrantes de la lonja de Diaz, una vez integradas las diversas enajenaciones verificadas en esta.
Por el escrito de fojas 4, promueve el demandado cuestion de competencia, la que es concluida por el fallo de la Suprema Corte, corriente ú foja 46, y vueltos en apelacion úála mismacon motivo del auto de este tribunal corriente á foja 60, se obliga al demandado ú contestar directamente la demanda. A ese fin responde el escrito
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:373
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-46/pagina-373
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