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Fallos: 46:367 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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contra la Empresa de los señores Clark y compañía, concesionarios del Trasandino, se fundan: 19, En la falta de personería de aquel, sea por carecer de poder de la empresa demandada ó porque su carácter de Administrador de la misnia no Je da facultades para representarla en juicio; ?. En la falta de personería del expresado señor Kohn, para representar á la empresa demandante, en este juicio; y 3. En la incompetencia del Juzgado, por ser el domicilio de los señores Clark y compañía la ciudad de Buenos Aires y no la de Mendoza.

2. Que en cuanto á la primera, ella no se encuentra autorizada por la Ley de Procedimientos, en la forma de artículo prévio, que es el carácter en que aparece deducida. lo cual por otra parte reconoce también el demandado; y debe entonces declararse improcedente, en conformidad también ú la doctrina sentada por diversas resoluciones de la Suprema Corte, , Que respecto á la segunda, se ha comprobado con la escritura demandada de foja... que don German Kohn se halla investido de poder en forma para representar 4 la Empresa demandante en el presente juicio, pues además de las facultades generales que en aquella se contienen, se encuentra expresamente consignada la "e comparecer como actor ó demandado en todo asunto que se relacione con intereses originados por razón de trasporte de carga, y la presente causa versa precisamente sobre cobro de cantidades procedentes de trasporte de cargas para el Ferrocaril Trasandino.

4". Que por lo que hace á la tercera, ó sea sobre la incompetencia de jurisdiccion, tampoco es ella procedente desde que la demanda versa sobre in contrato de trasporte cuyo cumplimiento debía efectuarse en esta ciudad,

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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:367 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-46/pagina-367

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