212 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE embargo, de acuerdo con lo resuelto por la Suprema Corte.
En efecto, resulta que hasta hoy día no existe más indicio de esas supuestas defraudaciones que el simple dicho del adminis trador de la Aduana, asegurando que las facturas y papeles son auténticos de la casa de Charles Hermanos y Compañía, Contradiciendo esta afirmación, presentamos unos documentos con los sellos de la misma Aduana, y que explican el contrato que celebró el señor Baibiene con tres empleados de la casade nuestro defendido para la entrega, y por ende, robo comprendido de papeles privados, pertenecientes ú Charles Hermanos y Compañía, garantizando á aquellos individuos la impunidad de sn delito, Consta tambien de otro de esos documentos que, dándose ejecurion á ese contrato, recibió el señor Baibiene con fecha 10 de Noviembre de 1890, y en el concepto de pertenecer á Charles, las facturas que ha remitido al Juzga= do, y que son Jas mismas que posteriormente declaran falsificadas los empleados mismos con quienes se entendía el señor Baibiene, segun así emnsta de la confesion hecha por ellos ante el Escribano público don Fernando del Río, en 30 de Enero del corriente año, No queda, entónces, para presumir esas defraudaciones, que la opinion individual del señor Baibiene, engañado, segun la propia declaración de sus cómplices, y en lo que concierne á la moralidad de este neto, ofrece ú V. S. oportanidad, para que, apreciando el estado de la cansa y de acuerdo con la sentencia de la Suprema Corte, mande levantar el embargo que se ha trabado, al efecto de garantir el contrabando que denunció la Aduana, en virtud de fucturas y papeles, cuya fuerza probatoria carece de valor alguno, atendiendo ú la escritura pública y demás documentos anténticos que hemos presentado. Lo declarado en esa esc itura pública ha venido á corroborar las deciaraciones prestadas por los Vistas de la Aduana, que intervinieron en los despachos que se quier.n relacionar con esas facturas y
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:212
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