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Fallos: 45:305 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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DE JUSTICIA NACIONAL 305 ; Caso.—Lo explica el Fallo del Juez Federai Vistos los autos seguidos por el Ferrocarril Central Argentino contra don Urbano Torres, sobre expropiacion.

Resulta: 1° Que Don Marcelo T. Bosch se presenta á foja siete, en representacion de dicho Ferrocarril demandando á don Urbano Torres sobre expropiacion de cincuenta y seis mil setenta metros cuadrados, ofreciendo por todo precio € indemnizacion, la suma de seiscientos pesos moneda nacional; en virtud de esa consignación, pidió y sele concedió la posesion provisoria, 2 Que habiéndose convocado á las partes, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6" de la ley nacional de expropiacion, ú juicio verbal, éste tuvo lugar como consta á foja 25, pros cediéndose al nombramiento de peritos, por no haberse avenido las partes á un arreglo amistoso.

3" Que los peritos se expidieron como consta á fojas 35 y 38, estimando, el dela parte demandante, en la suma de quinientos pesos el terreno, y en mil los daños y perjuicios, por estorbarle la vía férrea la salida de un puesto de dos piezas.—El perito de la d: fensa, por su parte, estima en ocho mil pesos moneda nacional el valor del terreno y el de los perjuicios.

4" Que en vista de esa disconformidad de los peritos, el Juzgado resolvió nombrar uno especial, para que con el Secretario se trasladase al lugar de la expropiacion y verificaran la realidad de los perjuicios, estimando el especial, el valor de estos así como el valor del terreno.

5" Que como consta á foja 67, el perito especial, prévia la vista ocular de foja 65, estimó en la suma de cinco mil pesos moneda nacional el valor del terreno y los perjuicios por razon de la expropiacion.

T. XY 20 —_

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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:305 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-45/pagina-305

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