rizos contramarcados con la marca que al márgen se diseña, que es la que actualmente rige en los ganados del establecimiento de Don Juan Gregorio Benitez; y los referidos animales marcados con una marca que se dice ser de la señora de Benitez, «Libertad, Diciembre 26 de 1890».
De los firmantes se ratificaron Gonzalez y Velasquez, no hrbiendo podido ser habido Villalba. Gonzalez dijo que los animales contramarcados que había visto eran sólo cuatro lecheras.
La parte deBenitez, contestando el traslado, negó la competencia del Juez para resolver sobre la rendicion de cuentas y nombramiento de administrador, que, segun él, correspondía á la jurisdiccion arbitral, y negó los hechos relativos ála mala administracion.
Fallo del Juez Federal Paraná, Marzo 7 de 1891.
Vistos y considerando: Que segun el telegrama del árbitro Perez, de foja..., que sirve de antecedente á este incidente, el señor Benitez ha rendido las cuentas áque estaba obligado como administrador de la sociedad; Que si esas cuentas son confusas é ininteligibles, no es al Juez ordinario á quien compete ni está en su poder hacer que se les dé mayor claridad:
1" Porque tratándose de una obligacion de hacer no hay medios eficaces de forzar al deudor á su cumplimiento.
2" Porque debiendo resolverse por árbitros todas las cuestiones á que dé lugar la liquidacion de una sociedad y muy espe
Compartir
39Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1891, CSJN Fallos: 45:299
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-45/pagina-299
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 45 en el número: 299 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos