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Fallos: 44:79 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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CAUSA CLINT
Don Abraham Medina rontra Don Márimo Santillan, por cobro ejecutivo de pesos; sobre inhabilidad del título y compensación.

Sumario.—1° Una carta manifestando conformidad con un saldo de cuentas es título hábil para la ejecucion de su importe.

2" La salvedad agregada en la misma curta de quedar pendiente el arreglo de letras giradas entre demandante y demandado, que resulta ser por giros hechos por el primero para cubrirse de valores adeudados por el segundo, no desvirtúa la fuerza ejecutiva del reconocimiento de dicho saldo.

3" Es deber del juez pronunciarse sobre todas las excepciones opuestas, 4° La Suprema Corte no puede hacer declaracion alguna respecto de las que no hayan sido materia de decision en 4° 1nstancia.

Caso, —En la ejecucion promovida por D. Abraham Medina, fundándose en la siguiente carta:

« Está en mi poder su estimada fecha 25 ppdo., acompañada de una cuenta con saldo á su favor de 9040 pesos 61 centavos

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:79 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-79

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