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Fallos: 44:427 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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1 ¿ Tenían Canta y Escudero los 30,000 pesos en 7 de Octubre? i En caso de tenerlos ¿estaba obligado Niño ú recibirlos en | letras ? E Sobre lo primero resulta que en (5 de Noviembre de 1888, es decir, á mas del año y durante la estacion de la prueba de esta causa, recien el apoderado de Canta y Escudero hace consigna cion delos 30,000 pesos mediante el rertificado del Banco Na- , cional á la órden de este Juzgado, foja 105.

Si en 7 de Octubre de 1887 tenfin la cantidad disponible ¿por que no hicieron entónces lo que hoy tardíamente ofrecen? Si fué cierto que el dinero estuvoú disposicion de Niño mediante la operacion de crédito con D, Luis Cornejo, que les facilitó letras negociables en el acto en esta plaza con el 2 ° , de premio ¿por qué si se resistía Niño á recibirlos no las convirtieron en dinero, ya que tanta facilidad había para ello? En este caso, obtenido y ofrecido el dinero, Niño no habría tenido razon en negarse, y justamente se negó porque por el contrato de foja 13 no estaba obligado á recibir esa cantidad en letras. i Tampoco resulta comprobada la operacion de las letras. El mismo Cornejo deelara que la negociacion 0 /uvo Iugur por la —— circunstancia siguiente: que el señor Canta le habin ofrecido 4 como garantia la hipoteca de la finca del Sr. Niño, á mis de las fincas de los Sres. Vanta y Niño, todo de acuerdo ú un contrato que tenian relebrado, foja 115.

Claramente se vé que hubo una negativa formal por parte del | que debía dar las letras, desde que no consideró asegurado su » dinero sinó con la hipoteca á que hace referencia, hipoteca que 1 porel contrato de foja 13 nu podía constituirse en su favor sinó 1

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:427 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-427

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