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Fallos: 44:196 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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CAUSA CLX XIX
Don Cárlos Patiño contra Don Alejandro Lloveras, despues su sucesion, por entrega de un fundo; sobre rompetencia Sumario.— Falleciendo el demando antes de dictarse sentencia por el Juzgado Federal, la causa debe pasar al Juez de la sucesion de aquel.

Caso.— Don Cários Putiño se presentó ante el Juzgado Federal de Mendoza, en 6 de Junio de 1889, exponiendo que había comprado á Don Fernando Peragalli, los derechos que éste tenía é un fundo que el citado Peragalli había comprado á Don Alejandro Lloveras, y en el cual aquel hacía muchosaños estaba en posesion.

Que ejecutado Peragalli por un señor Auriol, y embargado el fundo mencionado, Don Alejandro Lloveras se presentó en tercería de dominio, que ganó; y que no pudiendo traerle perjuicios dicha sentencia, venía á demandar á Lloveras, para que fuese condenado ú entregarle el fundo eu cuestion con sus frutos desde Julio de 1887, en que se le privó de su goce, daños y perjuicios y costas.

Acreditada la competencia por la distinta nacionalidad de las

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:196 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-196

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