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Fallos: 44:190 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Ni Este dió por acreditada la competencia por auto de $7 de Julio de 1888 y citó d comparendo á las personas demandadas.

Pedidas varias diligencias, y verificado el comparendo con D. Juan Martin Campos y el doctor don Faustino Alsina, en cuatro audiencias, con presentacion de documentos, ordenó el Juez especial en la última audiencia de 3 de Diciembre de 1888 que se pusieran los autos al despacho.

En este estado, y habiendo D. Juan M. Campos pedido en Enero de 1889 que los autos pasaran al Juez especial en turno del año de 1889, ante el Juez titalar, se presendó D. Angel Redaelli, cesionario de D. Juan Pablo Saenz Valiente, y dijo queno obstante no haberuele emplazado en forma niá El, ni ú su vedente, lo que constituí1 un vicio de nulidad de lo obrado, venía Á mostrarse parte al solo objeto de separar ul Juez Federa! del conocimiento del asunto por lu incompetencia de jurisdiccion proveniente de ser extranjero Redaelli (uno de los demandados) y Pintos el demandante, y pidió que el Juezle tuviera po, parte y se declarara incompetente. Acompañó la escritura de cesion de Saenz Valiente á Redaelli y el poder de éste.

Auta del Juez Federal La Plata, Octubre 23 de 1889, Habiendo venido estos autos, téngasele por parte con el domicilio constituido. En cuanto al segundo pedido, no ha Jugar, Espeche.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:190 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-190

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