Falle de la "Suprema Corte Buenos Aires, Junio ? de 1891.
Vistos: De conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General en su vista de foja ochenta y tres vuelta, se confirma con costas el auto apelado de foja setenta y cinco vuelta. Y repuestos los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN VICTORICA.— C. DE LA
TORRE. — LUIS Y. VARELA. —
ABEL BAZAN.—LUIS SAENZ PEÑA.
CAUSA CLAXX
Don Juan Bessio contra Don Máximo Paz, por cumplimiento de contrato; sobre defecto legal en la demanda y excepcion de arraigo.
Sumario.— 1° La no presentacion de documentos, no constituye defecto legal en el modo de proponer la demanda. .
Compartir
101Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1891, CSJN Fallos: 44:200
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-200¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 44 en el número: 200 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
