CAUSA CLXIV
Don Ernesto Pape contra el Ferrocarril Centraí Norte, por entrega de mercaderías y perjuicios; sobre competencia.
Sumario.—El contrato de transporte por ferrocarriles, no hace surtir el fuero nacional ratione materie, y si esta resulta no corresponder por razon de las personas, los Tribunales Federales deben declarar su incompetencia para conocer en las acciones que nacen de él, en cualquier estado del juicio en que ella aparezca, Caso.—Lo indica el Fallo del Juez Federel Tucuman, Marzo 3 de 1890.
Vistos estos autos seguidos por D. Ernesto Pape contra la Empresa del F. €. C. Norte por curo de mercaderías, 6 su valor, de los que resulta:
T. XIV 9
Compartir
38Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1891, CSJN Fallos: 44:129
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-129
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 44 en el número: 129 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos