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Fallos: 43:396 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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parage en que éste está situado, aunque estoy persuadido que el perito tasador los conoce mejor que el que suscribe.

Una prueva de esto que afirmo, es el precio pagado á don Luciano Miguez, por su terreno, situado enel mismo partido de San Isidro, terreno bajo, enteramente anegadizo y en cunsecuencia improductivo, cuyo precio establecido por uno de los Jueces árbitros más rectos y cuya competencia para el cargo no puede ser discutida, fué de cuatro peros moneda nacional metro cuadrado.

En el mismo partido se han vendido terrenos á la Empresa por el señor Cesar Olivera, de igual naturaleza, que el del señor Olaguer, en seis y siete pesos metro cuadrado.

Otros pertenecientes, á don Ezequiel Campodónico, en el mismo partido, han sido justipreciados en cuatro y cinco pesos metro cuadrado.

De todas estas ventas, puede V.S., para verificar su exactitud, ordenar que certifiquen los señores secretarios del Juzgado de V.S.en cuyas oficinas tramitan los expedientes de la referencia.

Para abundar en más detalles, citaró los terrenos vendidos en San Nicolás de los Arroyos, cuya distancia del sitio en que está ubicado el terreno que motiva este informe nadie ignora: la Empresa del Ferrocarril de Buenos Aires al Rosario ha pagado ú los señores Navarro y Lezica, por terrenos de chacra, siete pesos y cincuenta centavos el metro y por de pastoreo un peso.

En el partido del Pilar, la Empresa del Ferrocarril Central Argentino, ha pagado al Banco de Crédito Real de la Capital Federal, cuatro pesos moneda nacional el metro cuadrado, Y por fin, no es discutible ya, que la normalidad de los precios establecidos por las expropiaciones de tierras para conatruccion de líneas férreas, en la zona de los alrededores de la Capita) Federal, fluctúen entre dos, tres, cuatro y cinco pesos metro cuadrado, salvo arreglos particulares que no han establecido regla para estos casos.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:396 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-396

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