INFORME DEL PERITO DON DOMINGO LARRALDE
La Plata, Junio 65 de 1890, Señor Juez Federal :
Los que suscriben, nombrados por $. S. en los autos seguidos por la Compañía Nacional de Ferrocariles Pobladores, sobre expropiacion de una fraccion de terreno correspondiente á una chacra de propiedad de Don Antonio Olaguer Feliú, ubicada en el partido de San Isidro, para que constituyéndonos en él, practicisemos una inspeccion ocular y verificáramos la exactitud de las operaciones de los peritos Bonorino y Carbonell é informásemos al Juzgado circunstanciadamente del resultado, cometiendy además al tercero, que al mismo tiempo justipreciase el bien expropiado, y el valor real y positivo del perjuicio originado, áS. S. en cumplimiento de nuestra mision decimos:
Que el día señalado por el auto de S. S. de foja 47 del expediente formado sobre este juicio, nos trasladamos y constituimos en el terreno de la referencia, acompañados del Doctor Curuchet abogado de la Empresa, del señor Williams, gerente de la misma y del Ingeniero Director de la construccion del Ferrocarril.
Una vez en el terreno, procedimos á la inspeccion, y «l 1 reconocimiento prolijo y minucivso que tantc de úl, como de las obras construidas por la Empresa hicimos, hemos establecido que:
El terreno del señor Olaguer Feliú, forma en su configuracion, un paralelógramo rectangular, Las paralelas ó líneas que lo limitan por los rumbos Este y
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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:390
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-390
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