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Fallos: 43:360 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Falic de la Suprema Coríe Buenos Aires, Abril 25 de 1891, Por lo que resulta del certificado que precede, atenta la rebeldía acusada y de conformidad ú lo dispuesto por el artículo doscientos catorce de la ley de Procedimientos, declárase desierto el recurso de apelacion interpuesto por la parte de don Cárlos S. Pozzi; y en consecuencia, devuélvanse los autos al Juzgado de su procedencia, prévia reposicion de sellos.


BENJAMIN VICTONICA. — C. 5. DE
LA TORRE. — ABEL BAZAN.—
LUIS SAENZ PEÑA.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:360 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-360

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