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Fallos: 43:253 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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sorándose de un perito si carece de los conocimientos necesarios. Que confesando Dubvis su ignorancia en materia de construcciones, no puede afirmar que la de que se trata ro ha sido hecha con sujecion á las reglas del arte, Que, como segun lo dispuesto por el artículo 1634 del Código Civil, la cuestion debe resolverse por medio de peritos, huer presente para que sirva en oportunidad como antecedente para apreciar los trabajos, que el precio total de la obra es de 17,000 pesos moneda nacional, contando con los 3000 que motivan la reconvencion que deduce, y ú los cuales se refiere el documento que presenta.

Este documento us un pagaré firmado por Dubois úla órden de Castiglioni por la suma de 3000 pesos ; tiene la fecha de 9 de Abril de 1888, y exigible el 30 del mismo mes.

Corrido traslado de la reconvencion, la contestó Dubois, exponiendo : que firmó el pagaré que se le cobra por los compromisos que provenían del contrato, como parte del précio de las obras ejecntadas por Castiglioni. Que si está vencido, es por causa de no haberse presentado ú cobrarlo, Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Setiembre 6 de 1880.

Y vista la presente demanda entablada por Don Arturo Dubois, contra Don Francisco Castiglioni, sobre cumplimiento de un contrato é indemaizacion de daños y perjuicios y contrademanda deducida por este, por cobro de pesos.

Y resultando: 1° Que á foja..., se presentó Don Arturo Dubois manifestando que en el mes de Noviembre de 1886, contrató con Don Francisco Castiglioui, la construccion de una casa de

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-253

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