alambres, herramientas y pasto encastillado, un departamento de 6 47 cuadras encerrado con alambre y plantado de cepas de vid de 3, 2 y 1 año.
Que Sausset y Bonuafous que debían conservar y cultivar la propiedad, la habían esplotado y destruido, regando mal ú no regando la viña durante 20 días ó un mes, haciéndola perder en gran parte, cortando la alfalfa con máquina, donde había otro cuartel de viña, y cortando así las plantas de esta sin acomodar las inmediatamente con petares, vendiendo la alfalfa en pié, echando dos tropas de mulas de cien animales que la estaban devastando, y disponiendo de los castillos de pasto seco que existían en la finca antes de su !legada, Que tales hechos, contrarios todos al contrato proyectado, autorizaban al propietario 4 pedir su rescisión si hubiese sido formalizado, y le autorizaban con mayor razon ú pedir su desalojo inmediato, la devolucion de herramientas y enseres que tenían, la de cien pesos que les había dado para comprar semillas, segun el recibo que adjuntuba á foja 4, la de 10libras diarias de carne y sal que les había suministrado desde el 20 de Diciembre de 1889 ú 28 de Murzo de 1890, y el pago de daños y perjuicios, por todo lo cual interponía contra ellos forma! demanda.
En otrosi pidió el embargo provisorio de todas las existencias de la finca en poder de quien se encontrasen, Acreditada la competencia del Juzgado Federal por la diversa nacionalidad de las partes, el Juez citó á juicio verbal, mandando que respecto del embargo provisorio pedido, se rindiera la informacion del caso, que Castañeda produjo.
En el juicio verbal, los demandados Sausset y Bonnafous, produjeron el siguiente contrato:
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Año: 1891, CSJN Fallos: 42:166
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