3' Pregunta:
Digan asimismo, cuanto supieren al respecto.
Contestaron:
El Sr. Gobernador, que era todo lo espuesto lo que al respecto podía informar, El Sr. Ministro, que era todo lo espuesto, cuanto podía informar al respecto.
El Sr, de la Vega, que se refería á lo declarado, que era cuanto sabía al respecto.
Repreguntado á peticion de partecontraria, el Sr. de la Vega, si había oido al Juez emitir opinion sobre el interdicto de despojo 6 enel juicio posesorio de que se trataba, contestó que no había oido.
Fallo del Juez Federal Catamarca, Setiembre 13 de 1889, Vistos: en el incidente de recusacion los autos iniciados por el señor Victor Negri en representacion del doctor don José Manuel Ahumada, contra la señora doña Eumelia A. de Ocampo, sobre interdicto posesorio y de los que resulta: Queel demandante recusó al suscrito por un otrosí del escrito de demanda, por haber emitido públicamente opinion adversa ú la propiedad y posesion de su representado en esas tierras.
Abierta la causa á prueba se ha producido la que corre en autos y en la que consta por el informe del Gobernador de la Provin= cia Sr. D. José Dulce y del Ministro de Gobierno Dr. Rafael Castillo, que el suscrito en el consejo de gobierno opinó que era nulo el remate y venta de esas tierras y el Dr. Francisco dela Vega afirma que igual opinion le manifestó el suscrito en el
Compartir
67Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1890, CSJN Fallos: 41:39
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-39¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 41 en el número: 39 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
