Auto del Juez Tederal Buenos Aires, Diciembre 15 de 1890, Acreditese la responsabilidad de los fiadores propuestos y se provecrá sobre lo solicitado.
Ugarriza, 
ESCIUTO DE LOS DEFENSORES DEL PROCESADO
Señor Juez Federal Mariano Varela y Ramon (Gonzalez, defensores del detenido Do» Franciseo M. Charles, en el sumario iniciado por contrabando y delito comun conexo, á V. S. decimos : 
Que venimos Á entablar los recursos de nulidad y apelación del auto de V. S., decretando el embargo basta la suma de seiscientos mil pesos moneda nacional de Jas existencias de la casa comercial de nuestro defendido.
Queriendo evitar dilaciones y acabar con los grandes perjuicios que sufre la casa Charles Inos. y C°, con el embargo decretado, propusimos r:empluzar aquel con la fianza de nueve comerciantes respetables de esta plaza, pero exigiendo V. S, nuevas diligencias para aceptar la sustitucion y no habiendo sido notificado el auto de embargo al procesado, ni habiendo podido di-tars» en el estado actual del sumario, como defensores de aquel, usainos del derecho que la ley nos acuerda enta
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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:371 
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