6 á todo el que hace un transporte y exije el pago del servicio.
Que, fuera de esto, no tenía inconveniente en esplicar más estensamente la demanda, acompañando al efecto los conocimientos de las mercaderías, por los que se veía que la Agencia estaba autorizada para practicar el lanchage de cuenta y riesgo de los recibidores.
Que los portadores de esos conocimientos ú la órden han sido los demandados; los precios de lanchages y acarreo eran los corrientes y de uso, y el derecho del actor se basaba en las disposiciones comerciales sobre fletamento, especialmente en el artículo 1250 Código de Comercio.
Pidió el rechazo de la escepcion.
Acompañó los conocimientos con su traduccion en la parte pertinente que dice :
Recibidas del señor D. Andrés Rocchi para ser cargadas en el vapor Gergovia, capitan Fabre, y trasportadas con facultad de hacer escalas hasta Buenos Aires y ser entregadas, salvo las escepciones que se espresarán, á la órden, las mercaderías que el cargador dice ser como sigue :
Marcas Números Número de bultos Contenido declarado AR 15/22 ocho piezas mármol — a i siete chapas mármol Peso: siete mil quinientos kilógramos.
El cargador y trasportador adhicren ú las condiciones siguientes:
Embarque, desembarque y trasbordo. — Art. 3". — Se ha convenido mútuamente que el embarquo y desembarque serán siempre, salvo convencion en contrario, practicados bajo el cuidado y diligencia del capitan en los muelles, diques ó sote
Compartir
67Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1890, CSJN Fallos: 40:20
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-20
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 40 en el número: 20 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos