CAUSA CVIL
D. B. Maumus, contra Palma y Bernasconi, por cobro de lanchages ; sobre defecto legal en la demanda. 
Sumario, — Siendo claros los hechos y el derecho en que se funda el actor, no procede la escepcion de defecto legal en la demanda.
Caso. — En 4 de Junio de 1889, se presentó ante el Juzgado Federal D. B. Maumus, con una cuenta por lanchaje del vapor Gergovia, por la suma de 361 pesos 88 centavos y demandó á los señores Palma y Bernasconi para que fueran condenados á su pago, con intereses y costas.
Conferido traslado, los señores Palma y Bernasconi opusieron la escepcion dilatoria de defecto legal en la demanda.
Dijeron que no se determinaban en ella los hechos que la fundaba», ni las disposiciones de ley. , Conferido traslado, Maumus contestó que los hechos en que se fundaba la demanda consistían en haberse practicado el Janchage y acarreo de las mercaderías que menciona la cuenta, y el derecho era el que asiste ú todo acreedor contra su deudor,
Compartir
74Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1890, CSJN Fallos: 40:19 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-19¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 40 en el número: 19 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
