€ quien aceptó come fiador, sino á Morene hermanes. Y don « Ramon Castañeda, como apoderado de don Felipe Leguiza« mon, que sostiene haber convenido su comitente en aceptar « como fiador á don Federico Moreno, sinó á Moreno herma« nos, y pide la absolucion dela demanda con condenacion en « costas al actor, exijiendo á la vez se proceda á la venta en « remate del ganado indicado, en confermidad á uno de los « artículos del convenio que en copia autorizada se registra á « foja 16'y 17 de estos autos. Y considerando : 1 Que segun « los artículos 19 y 2 del citado convenio, dando el apoderado « del acter fianza á satisfaccion del demandado por la cantidad « ycon el objeto que en ellos se espresa, puede su parte dis<« poner de la hacienda, depositada en poder de don Manuel < Moreno, que pasó despues al de don Federico Moreno, en « donde se encuentra; y con arreglo al 3e, rendida así la e fianza, la hacienda y los gastos que ella ocasione, quedan « de cuenta de Cortés Cumplido, desde la fecha de su otorga« miento, sin derecho á repetir por ellos; 2° Que solo en el « caso de no poder hacerse efectivo lo estipulado en los artícu« los mencionados por defecto de fianza, es que debe proce« derse á la venta, en remate, del ganado y depósito de su « valor, segun se previene claramente en el artículo 4; « 3 Que es de todo punto indudable, como consta del informe « defoja 19 del actuario: 1 Que con el objeto propuesto ofre€ ció por fiadores el apoderado de Cortés Cumplido, á don « Federico Moreno y á don Pedro Cordero, y Leguizamon los « aceptó; 2" Que en conformidad con esto se llegé hasta dic€ tar los nombres de los fiadores don Federico Moreno y don « Pedro Cordero, para que se consignasen en la misma acta « con convenio, como aceptados por Leguizamon; y 3" que < sinó se hizo esto así, fué solamente porque el apoderado de « Cortés Cumplido, observó que era conveniente omitir los « nombres, para que en caso de no aceptar aquellos señores, « pudiera su parte buscar otros, á lo que Leguizamon defi« rió con todos los detalles espresados en los párrafos, á que <« el citado informe se refiere, sinque ni se haya mencionado
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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:415
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