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Fallos: 4:234 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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Pidió que la condenacion se estendiese tambien 4 los dos cajones cuya falta reconocia el demandado.

Concedido el recurso en relacion, se dictó el siguiente Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Febrero 26 de 1867.

Vistos, y considerando que los argumentos con que el apoderado del capitan Pechetto, intenta sostener el presente recurso, se dirijen á contradecir la apreciacion que el Juez de Seccion ha hecho de la prueba producida en favor de la demanda, y no á demostrar que haya violado las formas del juicio é dela sentencia, que eslo que constituye el vicio de nulidad, segun el artículo doscientos treinta y tres de la ley de procedimientos; considerando respecto de la peticion de la parte de Isaac, para que se declare : que el capitan está tambien obligado á pagar el valor de los dos cajones extraviados, que no hallándose esta causa en el caso del artículo doscientos, treinta y seis de la misma ley, no puede la Suprema Corte tomar conocimiento del punto que ha sido su materia principal, y por consiguiente, ni adicionar ni declarar el texto de la sentencia recurrida; por estos fundamentos, no se hace Jugar á la declaracion de nulidad del auto de foja once vuelta, ni á la que se solicita en la adhesion al recurso, condenándose en las costas al recurrente don Silvestre Pechetto; y satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse.

FRANCISCO DE LAS CARRERAS.—SALVADOR MARÍA DEL CARRIL.—FRANCISCO DELGADO. —José Barros Pazos.— José B. GOROSTIAGA.

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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:234 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-234

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