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Fallos: 39:44 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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PARTE DEL SUB-INSPECTOR DE ALMACENES
Buenos Aires, Agosto 11 de 1888.

Al señor Alcaide encargado de los Depósitos del Sud, D. Pedro 6. Costa, Doy cuenta 4 Vd. que al verificar el despacho N" 54.658 del vapor francés Medoc, registro 1410, entrado al puerto en 31 de Julio de 1888, y en el que se pide dos cajones marca G. S, X. C.

números 212 y 215, conteniendo diez docenas forros de seda para sombreros, cinco docenas forma tul 6 canabá para sombreros, una docena gorras de seda para niñas, diez docenas de sombreros junco para baño para hombre y niños, sesenta kilos fun das de papel para sombreros, veinte kilos alas de lienzo engomadas, cinco kilos tafilete de cuero para hombre, y un surtido de artículos diversos para sombreros (valor 20 pesos), pedidos 4 despacho por A. Blousson, resultan contener dichos dos cajones, ciento noventa (190) kilos géneros de seda para vestidos de señoras, catorce gruesas botones finos forrados en seda, para senora, y tres kilos quinientos treinta gramos pañuelos de seda en cajas.

Quedando así demostrado que en nada se asemeja lo manifestado á lo que coatienen dichos cajones, y como este caso está previsto por los artículos 128 y 930 de las Ordenanzas de Aduana, lo pongo en su conocimiento para los fines consiguientes.

Dios guarde 4 Vd.

N. Nuñez,

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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:44 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-39/pagina-44

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