Pica ha entregado á D. Juan F, de la Serna la'suma de setecientos cincuenta pesos moneda nacional en tres pagos de doscientos cincuenta pesos cada uno, efectuados en los meses de Enero, Febrero y Murzo de 1887, Contestó: Que en su escritorio pagó al señor Juan Y. dela Serna, por encargo verbal del señor Pica al señor Serna y á su sócio el señor D'Abreu, por dos veces, y en dos recibos, la suma de setecientos cincuenta pesos nacionales, correspondiente 4 tres meses de sueldo del señor Pica como empleudo en los estudios del Ferro-Carril de la Sociedad D'Abreu, Torres y C', desde el 22 de Diciembre de 1886 á 22 de Marzo de 1887, conforme los recibos en poder dela Sociedad, y confirmados por otros recibos posteriores de puño y letra del señor Pica, al recibir sus respectivos sueldos de empleado, Y. Interrogatorio de una pregunta útil al tenor del cual declara D, Jorge Payró, empleado.
Pregunta. Diga si es cierto que por autorizacion verbal de
D. Cárlos A, Pica ha pagado por cucita de este á D. Luis A.
D'Abreo una cantidad de 180 ú 220 pesos moneda nacional.
Contestó: Que era cierto que había pagado tsa cantidud, no recordando si fué por autorizacion verbal ó por otro motivo.
La parte de Abreu hizo á este testigo las siguientes repreguntas:
1" Diga el declarante si hizo anotaciones en los libros, cuadernos de apuntes del señor D'Abreu hasta mediados del año 1886.
Contestó : Que era cierto.
2" Si sabe que D. Cárlos A. Pica además de un pagaré con que es ejecutado debe además otras sumas ul señor ID'Abreu, entre ellas un saldo de mís de mil pesos del negocio del horno de ladrillo.
Contestó: Que ignoraba.
3° Si uabe que los señores Pica y Juan F, de la Serna eom
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:296
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