bañado ó manantial, y del que ocupará la vía en la parte que vá al puerto, que es igualmente bañado en la estension de 350 me| tros por 15.
| El demandado hizo notar que debido á las escavaciones que víe nen haciéndose fuera del terreno á espropiarse, este se perjudica formándole pozos que forzosamente tienen que ser bañados, y que se le deja una lonja entre la estacion y la laguna, completamente inútil.
El actor hizo notar que en el límite del terreno con la loma, se ha zanjeado, y que el objeto de la zanja era desecar el terreno á utilizarse y evitar el derrame delos manantiales que venían de la loma; replicando el demandado que la zanja era hecha esclusivamente para dar curso ú las aguas en las lluvias, para que vayan al bajo, y que en la loma no hay manantiales.
Fallo del Juez Letrado Posadas, Setiembre 19 de 189).
Vistos estos autos seguidos por dun Julio Pessini, en representación de la Empresa del Ferro-Carril Nord-Este Argentino, sobre espropiacion de un terreno, propiedad de don Higinio Alegre, ubicado en los suburbios de este pueblo, Resultando, que en el mes de Julio ocurrió al Juzgado dicho Sr. Pessini, esponiendo; Que la empresa de quien es representante está facultada, de acuerdo con la ley de concesión y contrato celebrado con el Poder Ejecutivo de la Nacion, en 12 de Junio de 1886, para espropiar los terrenos necesarios para la vía ferrea, estaciones, talleres y depósitos ú construir de Monte Caseros ú Posadas, y no siendo suficiente para la estacion, la estension por la cual inició juicio su apoderado señor Resoagli, pedía la espropiacion de 54350 metros más de tierra, entre los kilómetros 433-008 y 434-003, pertenecientes tambien al señor
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:238
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