| Artabe, que conoce.
Noziglia, id.
Pereira, id.
Lotero, id.
Preguntados (4') si saben que dicho terreno tiene parte de bañados, piedras y manantiales y una parte de úl se anega en las crecientes del rio, contestaron:
Artabe: que tiene piedras ; que no sabe si tiene manantiales; que suele estar mojado el piso, pero no sabe si proviene de manantiales ú de agua que viene de otra parte; que segun las crecientes, se suele anegar una parte en el bajo, porque todo el terreno no se auega, puesto que hay una cuchilla, lo que sabe por haberlo visto.
Noziglia: que sabe que es cierto, porque la ha visto, Pereira: que sabe que es cierto, porque lo ha visto, pero no puede precisar cuál de las partes es que se anega, por no haberse fijado.
Lotero: que sabe que es cierto por haberlo visto muchas veces; que la parte que se anega es la baja, que está sobrela la- :
guna.
Preguntados (5°) si saben que el terreno que vaá ocupar la vía férrea es la menos útil que tiene la propiedad, contestaron:
Artabe: que eso no puede decirlo, [porque segun paralo que se destina, puede ser más 6 menos útil.
Noziglia: que es el más bajo y es lo único que sabe.
Pereira: que cree que es el más ordinario del terreno, ú lo menos el que ha visto donde están haciendo el terraplen.
Lotero : que es el menos útil, porque como es la parte baja y tiene manantiales, se anega.
El testigo Artabe, preguntado por la parte de Alegre, agregó :
que los trabajos del Ferro-carril, se empezaron en los Sarandíes y fueron abandonados y principiados en los terrenos de Alegre,
Compartir
76Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1890, CSJN Fallos: 39:232
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-39/pagina-232
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 39 en el número: 232 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos