172 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE cios seguidos por las personas nombradas: uno sobre rescision de un contrato de locacion, y otro sobre cobro de alquileres.
Durante el término de prueba abierto en el primero, don Francisco Bellizia pidió y así lo mandó el Juez, que se tuvieran como parte de la suya, las siguientes piezas constantes en los autos sobre cobro de alquileres:
La escritura pública de arrendamiento de fecha 2 de Marzo de 1886.
El acta de embargo trabado en el primer juicio.
El acta de mision en posesión 4 don Augusto Burgos de Ju finca en cuestion.
El acta de la misma posesion dada ú don Anseimo Coulin, Y finalmente, un escrito del mismo Coulin, Habiéndose suscitado en cl espediente sobre cobro de alquileres un incidente que se elevó en apelacion, mandó la Suprema Corte que, para mejor proveer, el Juez doctor Ugarriza remitiera el espediente sobre rescision que había pasado á él, por recusa= cion del Juez doctor Tedin.
Visto el incidente, la Suprema Corte resolvió declarando nulo lo actuado, por cuanto la intervencion del doctor Ugarriza debió ser únicamente en el espediente de ¡escision, en el cual había sido recusado el doctor Tedin; y mandó que los espedientes sc devolvieran respectivamente ú los Jueces á quienes correspondía.
En consecuencia, el espediente sobre rescision fué remitido al doctor Upgarriza y el seguido por cobro de alquileres al doctor Tedin.
Recibido por el doctor Ugarriza el juicio sobre rescision, el cual se encontraba ya en estado de sentencia, cuando fué elevado á la Suprema Corte, don Francisco Bellizia pidió que, en atencion á la separacion de las causas, se pidiera 11 Juez ductor Tedin copia de las piezas del espediente sobre cobro de alquileres, y que, á su solicitud, se hibía mandado tener como prueba,
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:172
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