Marzo del presente año. El dicho Natalio Jara se ha refugiado en el fuerte Junin, de los Andes, de la República Argentina.
A fin de que la justicia no quede burlada, me permito acompa— ñar los antecedentes que acreditan la culpabilidad de Jara, para que si V.S, lo estima conveniente, se sirva ordenar se practiquen las diligencias conducentes á obtener su estradicion, — Dios guarde á V, S, — Firmado: Emiliano Fuentes It.
Antecedentes del proceso seguido contra Natalio Jara y otros, con motivo del asesinato de don Enrique F. Peters. — Cópia. — Juzgado de Letras de Temuco, Julio 14 de 1887.
— Tengo el honor de dar cuenta á V, S. del resultado de la comision que ú fines de Mayo último tuvo á bien confiarme á fin de obtener datos de D. Enrique Fí. Peters, súbdito británico, que se suponía había desaparecido, sin dejar huella ninguna en el trayecto de Villarrica á esta.
Obedeciendo á las órdenes é instrucciones que V. S, me impartió el 29 del citado mes, púseme en marcha ese mismo dia, llegando al anochecer del siguiente á Villarrica, de donde el Sr. Peters había salido el 12 de Marzo con direccion al norte, acompañado por un paisano. Imposible fuéme obtener noticias seguras del desaparecido, pues varios decfanme que el mencionado inglés habíase dirijido á Llaina ; otros que había pasado á la vecina República; en fin, solo pu de saber que el individuo que había salido con él era un vecino de Pucon, de apellido Natalio Jara, que ú fines de Abril había ido á establecerse á Junin de los Andes (República Argentina). Infundiéndom: ese individuo algunas sospechas, me dirij:
el 5 del próximo pasado á Puceon, á fin de obtener datos sobre sus antecedentes, y con sorpresa, en la casa de Holzaffel y Valek, se me dijo que era sujeto sumamente honrado, de excesi- va delicadeza, incapaz de la menor mala accion y que en vista de su honradez, la misma cusa habíale proporcionado á seis me
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:125
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