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Fallos: 38:372 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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372 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE mas que siempre se mantuvieron con la tolerancia y respeto de los dueños del molino del señor Gavier; que en virtud de lo espuesto le asiste un derecho perfecto para mantener el referido estado de cosas y que no cree merezca la pena de contestarse sériamente la pretension del demandante de que él limite su toma del pequeño brazo norte.

Prueba La producida por ambas partes es la testimonial.

Los testigos del demandante Pavon, Aguirre, Ortiz, Cuello, Herrera, Felipe y Valeriano Mejía, declaran la segunda pregunta del interrogatorio: que es cierto que el señor Tillard hace atravesar con un dique ó cordon de piedra y champa el brazo sud del rio, desviando con este trabajo casi toda el agua de él hácia el brazo norte para hacerla entrar en su acequia.

Los testigos Ortiz, Mejías, Felipe y Valeriano, Sadago y Herrera declarando á la tercera del interrogatorio dicen: que es cierto que Tillard para facilitar más la desviacion del agua del rio hácia el brazo norte del mismo, canaliza y ahonda este sacando la piedra que forma su lecho.

Valeriano y Felipe Mejía, Cuello, Herrera, declaran á la cuarta pregunta que es cierto que el propietario anterior del moliro de Tillard jamás hizo ejecutar los trabajos á que se relieren las preguntas anteriores dejando siempre espedito el brazo sud del rio y sin canalizar el del norte.

Tillard Los testigos Cestac, Amuchástegui, Loza y Mejía Valeriano declaran á la segunda del interrogatrio, que es verdad que el

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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:372 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-372

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