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Fallos: 37:55 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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del término legal, y á instancias del actor se dió por evacuado vl traslado en rebeldía del demandado.

Contrato de sociedad D. Victor Tyden y D. José María Jurado han convenido en lo siguiente :

Art. 15.— 1D. José María Jurado ha entregado la administra= cion como mayordomo 4 D, Victor Tyden de sus estancias La Panchita, El Retiro y los Dos Hermanos.

El Retiro tiene de espital ex ganados, catorce mil seiscientas cuarenta y dos (14,642) ovejas al corte y ciento noventa padres eomvnes, diez y nueve padres puros.

Dos mil treinta y cinco cabezas ganado vaenno (2035) inclusos (43) cuarenta y tres bueyes, (59) cincuenta y nueve toros mestizos y tna invermada de (175) ciento setenta y cinco novillos.

Ciento cuatro potros (105), trescientas cuarenta y nueve yeguas 3109) y noventa y seis caballos (96) y un caballo padre de la raza Cleveland de dos y medio años, tambien dos toros Durham, uno de ocho años y otro de dos años.

Art. 2".—D: estos ganados D, José María Jurado sacará para poblar los Dos Hermanos, ochocientas vacas al corte y cuarenta Y seis toros, ciento sesenta y una yeguas al corte y las dos ma— jadas de la /osaura y la Delfina, compuesta de dos mil trescientos veinte y tres animales al corte fuera de la paricion del año, escepto ciento cincuenta y siete ovejas Lincoln que sacará Tyden para formar una majadita de pidres de la especie, Art. 3.—Sobre los productos líquidos delos ganados, sementeras y demás del establecimiento del Retiro, D. Victor Tyden tendrá el doce (12 por ciento que se liquidase úlos tics años, re

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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:55 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-37/pagina-55

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