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Fallos: 37:304 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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Que por la 1" carta resulta que Nicolai estaba hecho cargo del buque para hacerlo trabajer, no sienio Simon sinó el patron 6 capataz que Nicolai ponía.

Que la 2" evidenciaba que Nicolai había propuesto la refaccion del buque y él la había autorizado, pues, por esto, le daba cuenta del contrato relativo ú las refacciones, Que la 3" demostraba que hasta 4" de Mayo de 1886 Nicolai ocultaba el fraude, no atreviéndose ú decirle que el buque lo usaba para él, y dándole cuenta, cómo á dueño, del destino de la embarcacion.

Que es inesplicable cómo la Sub-prefectura del Rosario haya otorgado la escritura como de buque recien construido, cuando en el Rosario no hay astilleros, cooperando asi inconscientr= mente al fraude de Nicolui, Que apercibida despues la oficina cuando Nicolai vino ú la capital para pedir copia de la fraudulenta escritura, la Prefectura estuvo por ponerlo preso, por lo que se fué sin la cópin.

Que es falso que Nicolai fuera un transformador de buena fé del Constante, como lo considera el Juez, y que no hay en autos prueba alguna de ella, ni presunciones, á pesar de que la prueba de que existiera la antorizacion de Sisco para apropiarse el buque debía resultar de documento escrito, por tratarse de asunto mayor de 200 pesos.

Que Nicolai sabía que el Cosntante, era de Sisco, como resulta de su contestacion, de su prueba y de todos sus actos sin escepcion en estos autos; y no se había justificado por qué Nicolai se apoderó del buque de Sisco para convertirlo en Mosa Manuel. Por lo que venía á quedar bnjo la calificacion del que se apodera de lo ajeno á iencia cierta, para usario en su propio provecho.

Que sí se decía que el mismo Nicolai lo tenía en su poder por consentimiento de Sisco, sería un hurto por abuso de confianza, previsto por el artículo 202 del Código Penal.

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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:304 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-37/pagina-304

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