cision de un contrato de venta concluido, con mayor razon lo es cuando no existían sino propuestos de una y otra parte.
Que siendo el boleto de venta un instrumento privado, que puede hacerse por las partes, 0 se hizo y firmó inmediatamente no porque no estuviera el escribano Yolde, sinó porque él quiso asegurarse antes si era posible el descuento del pagaré que quería dar San Germes; y, porque esto nora posible, volvió á la oficina diciendo que no se redartase el boleto. ¿Por qué, dice, San Germes, á quien fué trasmitido todo, no hizo desaparecer la dificultad, ofreciendo el dinero? Que si ha dicho que San Germes 00 tenía fondos disponibles, es porque este mismo se lo ha declarado; y agrega ahora que su crédito en el Banco estaba inhabilitado como lo prueba el hecho del interés de 18", que se obligaba 4 pagar, enando un eboque sobre el banco no traía más interés que 7" ..
Que es evidente su intencion de tener el dinero del precio al contado, puesto que hizo diligencias para ver si era posible el descuento de un pagaré, que, conservado, le habría proporcionado el alto interés de 18-,.
Que la redacción del boleto, Mé porque se convino en que — fuera escrito el pacto de venta, y no por lo que dice San Germes, puesto que nu es necesario ese boleto para los datos al Departaments Topocráfico y para los de la Contribución Directa, Que queda subsistente la estepción de no poderse probar el contrato con la prueba testimonial, por no haber principis de prueba por eserito.
Que no es exacto que exijiendo ahora 1200 pesos, que idijo que ya no quería vender el terreno y que de hacerlo, sería por la suma indicada, y que San Germes no ha hecho sinó renovar pros posiciones que él había desestimado anteriorment».
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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:163
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