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Fallos: 37:127 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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Fallo del Juez Federal Rosario, Junio 25 de 1888.

Y vistos: D. Juan Colli y €° demanda á D. Lucas Caminos, por falta de cumplimiento á un contrato otorgado por el último en favor del primero el año 1885, de un terreno que el demandado había adquirido por igual título de D. Manuel y D' Dionisia Pacheco, quienes á su vez los hubieron por derecho de sucesion de D, Venancio Pacheco, derecho que, sin embargo, no se hallaba legalmente autorizado, por cuya razon el demandado se había comprometido á practicar las diligencias conducentes ú obtener dicho reconocimiento, para con úl verificar el traspuso y otorgamiento de la escritura pública correspondiente en favor del demandante, En el escrito de contestacion de fojas 13 ú 17, el demandado declara queal estenderse la escritura pública de compromiso de venta, presentada por el demandante, se había equivocadamente hecho estensiva la venta á la totalidad del terreno mencionado en aquella, pues dicho terreno pertenecía en una tercera parte al Dr. D. Pedro Sanchez, no pudiendo él, por consiguiente disponer por sí solo de su propiedad, Que comunicada esta circunstancia al demandante, este con— sintió en salvarla dificultad, prestándose ú quese estendiera una nueva escritura, en la cual figurasen el demandado y el Dr. Sanchez como vendedores, y se impusieran á la venta condiciones modificativas de las anteriores.

Que de acuerdo con lo convenido, se estendió esa escritura con todas las formalidades legales, faltando únicamente en ella la firma del demandante, quien se negó ú suscribirla, sin lograr

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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:127 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-37/pagina-127

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