Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 14 de 1887.
Visto el presente juicio ejecutivo iniciado por el representante del Fisco Naciona! contra D, Mariano Gutierrez, por cobrode derechos de Aduana, para resolver sobre las excepciones de inabilidad del título y pago.
Y considerando: 4" Que la primera cuestion que el Juzgado debe resolver, es si el actor ha presentado título suficiente para demandar por la vía ejecutiva y obligar al demandado á produ= cir sus defensas sobre el fondo de la accion, en los plazos angustiosos que rigen en el procedimiento, ejecutivo, cuando se trata de hacer efectivo un derecho ereditorio de indiscutible autenticidad.
2" Que el título en que se funda la accion consiste tan solo en una copia simple del manifiesto original que el interesado ha debido presentar en la Aduana para el despacho, no conteniendo sin embargo, el testo del decreto que dicha reparticion debió poner en el original, conforme al artículo 116 de las Ordevanzas, para hacer conocer la forma en que se efectuú el despacho y en que se mandaron pagar los derechos correspondientes.
3" Que la liquidacion practicada al márgen de dicho documento, solo importa una operacion material de aritmética para determinar el valor de los derechos en caso de adeudarse, pero que en manera alguna puede suplir aquellos datos que son esenciales para conocer prima (acie si el documento contiene una obligacion pendiente, que es la base del procedimiento ejecutivo.
4° Que sibien es cierto que las cuentas sacadas de los libros
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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:108 
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