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Fallos: 36:209 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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Él había construido el edificio dentro de los límites que le asignaba al terreno de su propiedad el título que exhibía, el que había poseido sin contradiccion desde que lo compró á la municipalidad, y que había edificido y ocupado la nueva casa sin oposicion ni protesta de Pujato hasta cinco meses despues, en que recien se había presentado estu demanda; de manera que en todo caso, Cl habría edificado de buena fé, Sigue la prueba testifical rendida de foja... áfoja...; y con— siderando:

Personalidad del demandante Que para que la posesion dé derecho ú las acciones posesorias, es necesario que sea animo domini, sin quesea un requisito presentar título, y D. Venito Pujato ha probado por Jas declaraciones de los testigos José Gonzalez, Antonio Muzzio y Blas Gomez que poste como dueño el terreno ú que se refiere la demanda, por .

lo que la escepcion de falta de personalidad en el actor, basada en que no le pertenece el título de propiedad acompañado por él romo justificativo de su posesion, carece de fundamento, Improcedencia de la accion Que es igualmente inadmisible la de improcedencia de la accion, tanto porque habiéndose probado que Pujato conserva una parte del terreno, no hay una esclusion completa que dé márgen á la accion de despojo, y solo cabe la de retener, cuanto porque tratándose de una obra nueva ejecutada en terreno que se dice poscido por otro, la ley misma, artículo 2498, califica el T. uu

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:209 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-36/pagina-209

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