tulos de la contra-demanda, se confirma aquella, con declaracion de que don Evaristo S. Uriburu debe abonar intereses, á estilo de Banco, por el valor de los cinco documentos antes mencionados, desde la fecha de la notificacion de la contra-demanda, Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA. — ULA-
DISLAO FRIAS. — C. 8. DE
LA TORRE,
CAUSA CLX
Criminal, contra Antonio José de Andrade, por muerte dada á Juan Pedro Correa, en el Territorio de Misiones Sumario. — 1 Siendo distinta la pena establecida por la ley vigente al tiempo del fallo, de la que regía cuando se cometió el crímen, debe aplicarse la que sea más benigna.
2° Siendo por aquella una circunstancia atenuante la de haber durado el proceso, sin culpa del precesado ó del defensor,
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Año: 1888, CSJN Fallos: 35:38
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