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Fallos: 35:378 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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cion que verificaron el espresado D. Estanislao Lopez con don Francisco Moreno, ú que se refiere el testimonio de la escritura pública corriente á fojas 163 y 164.

4° En virtud de la transaccion referida, se ordenó á peticion de las mismas partes (escrito de fojas 43 y 44), la continuacion de aquellas diligencias ; pero en momentos que el agrimensor Steigleder debía dar principio á la mensura, y de encontrarse ya constituido en el Campo +Chacras de Vera», D. Silvestre Hernandez, tutor de los menores Martin y Meliton Lopez, se presentó ante el Juzgado ejercitando la misma accion posesoria, pidiendo sele amparase en ella, ordenándose en consecuencia, la suspension de la mensura, lo que el Juzgado proveyó de nuevo, de conformidad, teniendo por deducido el interdicto, por resolucion de 23 de Agosto de 1884, que fué notificada personalmente el agrimensor Steigleler por el comisario del distrito, « Monte Vera» ¡escrito de foja 48 y diligencia de foja 51 vuelta), quedando de esta manera la causa on el mísmo estado que tenía antes del arreglo celebrado entre D, Francisco Moreno y don Estanislao Lopez, que la parte de los menores alegó en su escrito de foja 76, no podía perjudicar á sus legítimos derechos, 5 Traida la causa d conocimiento de la justicia nacional, por inhibitoria del juez de provincia, ante el cual se había iniciado, la porte de D. Francisco Moreno sulicitóse mandara llevará debido efecto la mensura, alegando que Ia nposicion deducida había sido extemporánea ; que el interdicto de retener la posesion era improcedente en un juicio de mensura y pugnaba dire tamente contra la práctica y jurisprudencia universal, violándose la ley que para los juicios de mensura designa una tramita= cion especial ; que por consiguiente, debía practicarse, y cuando por ella resultase algun perjuicio á los menores y demás interesados, recien entónces podía admitirseles oposicion, la cual segun el artículo 600 del Código de procedimientos de la Provincia, se sustanciaría y decidiría por los trámites del juicio ordi

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Año: 1888, CSJN Fallos: 35:378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-35/pagina-378

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