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Fallos: 35:284 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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apelado de foja ciento cincuenta y nueve. Repuestos los sellos devuélvanse.


BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO FRIAS.
— FEDERICO IBARGÚRES. — C. S. DE LA
TORRE. — SALUSTIANO 3, ZAVALIA.
CAUSA XXVI
Don Guillermo Wallace, contra la provincia de Entre Rios; sobre competencia é mnterdicto de recobrar.

Sumario. — 1° El interdicto de despojo es una accion civil, enyo conocimiento corresponde ú la Suprema Corte originariamente, cuando se deduce por un estrangero contra una provincia, 2" En los casos de violencia y vías de hecho, la accion de despojo procede aún contra el propietario del inmueble, Caso. — Lorefiere el fallo de la Suprema Corte.

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Año: 1888, CSJN Fallos: 35:284 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-35/pagina-284

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